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SIMPES. Sistema Integral de Monitoreo de Pagos al Exterior de Servicios:

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AFIP en la RG 5135/2022 publicada el 07/01/2022 formaliza la creación de este sistema de seguimiento de pagos realizados al exterior en función a la capacidad económica financiara de cada contribuyente.

Estarán obligados todos los contribuyentes independientemente de su forma legar que deban cancelar obligaciones propias o de terceros a proveedores del exterior.

Los sujetos obligados deben proporcionar la información solicitada a través del servicio con Clave Fiscal “Sistema Integral de Monitoreo de Pagos al Exterior de Servicios” (SIMPES).

Los datos ingresados revestirán el carácter de declaración jurada y la misma tendrá vigencia durante el mes calendario en el que se realizó, una vez realizada la presentación la misma será analizada por Afip para su posterior Aprobación o Rechazo.

Operaciones alcanzadas

A quienes realicen pagos de servicios al exterior de los siguientes conceptos deben realizar la solicitud a través de SIMPES

No obstante, podrán determinarse montos mínimos para los que no será de aplicación el Sistema. Estos valores a la fecha no fueron reglamentados.

CódigoDescripción
S01Mantenimiento y reparaciones
S04Otros servicios de transportes
S05Servicios postales y de mensajería
S07Servicios de construcción
S08Primas de seguros
S09Siniestros
S10Servicios auxiliares de seguros
S11Servicios financieros
S12Servicios de telecomunicaciones
S13Servicios de informática
S14Servicios de información
S15Cargos por el uso de la propiedad intelectual
S16Servicios de investigación y desarrollo
S17Servicios jurídicos, contables y gerenciales
S18Servicios de publicidad, investigación de mercado y encuestas de opinión pública
S19Servicios arquitectónicos, de ingeniería y otros servicios técnicos
S20Servicios de arrendamiento operativo
S21Servicios relacionados con el comercio
S22Otros servicios empresariales
S23Servicios audiovisuales y conexos
S24Otros servicios personales, culturales y recreativos

Operaciones excluidas

CódigoDescripción
S02Servicios de fletes  
S03Servicios de transporte de pasajeros
S06Viajes y otros pagos con tarjetas 
S25Servicios del gobierno
S26Servicios de salud por empresas de asistencia al viajero
S27Otros servicios de salud

Datos a incluir en la declaración jurada:

  • CUIT Informante
  • CUIT Sujeto pagador
  • Tipo y monto de divisas a girar
  • Entidades financieras intervinientes
  • Datos del beneficiario del pago

Vigencia:

Esta resolución entró en vigencia desde el 7 de Enero 2022 con su publicación en el Boletín Oficial, debiendo realizarse la declaración jurada aún de servicios realizadas con anterioridad si el  pago se encuentra pendiente a dicha fecha.

Afip posee activo un micrositio en su web donde agrupa toda la información referente a esta nueva obligación de manera pormenorizada, dejamos a su disposición el link en caso que quieran ver la información en detalle:

Dentro del mismo pueden encontrar un listado de motivos de rechazos.

https://www.afip.gob.ar/SIMPES