En este momento estás viendo Registro de Empresas con modalidad de Teletrabajo

Registro de Empresas con modalidad de Teletrabajo

  • Autor de la entrada:
  • Categoría de la entrada:Sin categoría

Gran cantidad de empleadores recibieron una notificación en el Domicilio Fiscal Electrónico de la Dirección Nacional de Nuevas Formas de Trabajo, dependiente del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación, donde se les notificaba lo siguiente:

Régimen Legal del Contrato de Teletrabajo – Registro de Empresas con teletrabajo –

En virtud de la plena vigencia de la ley que regula el Régimen Legal del Contrato de Teletrabajo (N° 27.555), que establece en su artículo 18 que deberán registrarse las empresas que desarrollan esta modalidad, acreditando el software o plataforma a utilizar y la nómina de las personas involucradas en estas tareas (las que deberán informarse ante cada alta producida o de manera mensual), les enviamos este mensaje para convocarlos a realizar el trámite.

Completar la información en el Registro de Empresas que Desarrollan la Modalidad Teletrabajo es muy sencillo. Para hacerlo, debe dirigirse a la página del MTEySS: www.argentina.gob.ar/servicio/registro-de-teletrabajo

Allí encontrará el instructivo y el link para acceder al trámite.
Queda usted notificado.

Mediante la Resolución 1921/2022 el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL SECRETARÍA DE TRABAJO crea el REGISTRO DE EMPRESAS QUE DESARROLLAN LA MODALIDAD TELETRABAJO, conforme lo previsto en el Artículo 18 de la Ley Nº 27.555.

La Ley N° 27.555 viene a establecer los presupuestos legales mínimos para su regulación en aquellas actividades que por su naturaleza y particulares características lo permitan, previendo que los aspectos específicos para cada actividad se establecerán en el marco de las negociaciones colectivas.

Se deberán registrar las empresas que desarrollen esta modalidad, acreditando el software o plataforma a utilizar e informando la nómina del personal que teletrabaje, debiendo comunicarlo ello ante cada alta producida o de manera mensual.

La Ley establece que habrá contrato de teletrabajo cuando la realización de actos, ejecución de obras o prestación de servicios, en los términos de los artículos 21 y 22 de la ley 20.744, sea efectuada total o parcialmente en el domicilio de la persona que trabaja, o en lugares distintos al establecimiento o los establecimientos del empleador, mediante la utilización de tecnologías de la información y comunicación.

Paso a paso

  1. Ingresa a la página de Trámites Públicos del Ministerio de Trabajo
  2. En el buscador del sitio escribí “teletrabajo”.
    Como resultado te aparecerá el trámite “Teletrabajo- Nómina de Trabajadores”, tocá esta opción.
    El sitio te llevará a la página de la AFIP en la cual tendrás que poner tu CUIT y clave para continuar.
    Automáticamente abrirá el trámite.
  3. Una vez ingresado al trámite observarás al inicio tus datos y la empresa que representas.
    “Baja hasta la nómina de trabajadores”
  4. Hacé clic en Descargar Nómina de Trabajadores para completar.
    El sistema descargará un archivo Excel, y al abrirlo encontrarás todos los trabajadores registrados y las trabajadoras registradas por tu empresa.
    SÓLO tenes que cargar los datos de las y los trabajadores que van hacer teletrabajo.

Los datos a completar son:

  • CUIT empleador (se autocompleta solo al desplegarse la nómina de personal)
  • Razón social (se autocompleta solo)
  • CUIL trabajador (se autocompleta solo)
  • Apellido (se autocompleta solo)
  • Nombre (se autocompleta solo)
  • Fecha de alta temprana
  • Fecha inicio de teletrabajo
  • Modalidad de teletrabajo (total o parcial)
  • Fecha del contrato individual
  • Provincia de prestación de servicio
  • Partido de prestación de servicio
  • Localidad de prestación de servicio
  • Código postal de prestación de servicio
  • Cantidad de horas de prestación de servicio
  • Cantidad de días por semana de prestación de servicio
  • Horas semanales de prestación de servicio
  • Horas mensuales de prestación de servicio
  • Correo electrónico laboral
  1. Una vez que completaste los datos, guarda el archivo Excel y cárgalo en la pestaña “Datos Completados”. Hace clic en el botón de listo.
  2. Completa las restantes preguntas del sitio y hace clic en enviar trámite. El sistema te otorgará un número de trámite.
  3. Una vez que tengas el número de trámite, hay dos opciones para concluir el registro: hacer una presentación virtual o concurrir presencialmente al Ministerio de Trabajo.

Presentación Virtual:
1. Para finalizar el trámite ingresa a Trámites a Distancia (TAD). Acepta los Términos y Condiciones.

2. Una vez en la plataforma de Trámites a Distancia, adjunta al trámite una nota en formato PDF dirigida al Director Nacional de Nuevas Formas de Trabajo indicando:

  • Número de trámite asignado de registro,
  • Detalle de las herramientas, aplicaciones y programas digitales utilizados para el teletrabajo, por ejemplo: Aplicaciones VPN (Windscribe, TunnelBear, ProtonVPN, Hotspot Shield) – Google Workspace – Microsoft Teams – Google Drive – Google Meet – Zoom – Whastsapp – Telegram – MessageBird – Slack – Trello.
  • Entidad sindical en que está encuadrado el personal que teletrabaja.
  • CUIT.
  • Correo electrónico y teléfono de contacto de la empresa.

3. Cuando termines de subir la documentación en TAD, el sistema te va a asignar un número de expediente. El número de expediente asignado te sirve para cualquier consulta o presentación posterior relacionada al trámite de registro de teletrabajo.

Presencialmente:
1. Podes concurrir en el horario de 09:00 a 16:00 horas a la Mesa de Entradas del Ministerio de Trabajo, 25 de Mayo 637 (CABA), y presentar una nota dirigida al Director Nacional de Nuevas Formas de Trabajo –DNNFT#MT-PVD- indicando la siguiente información:

  • Número de trámite asignado de registro,
  • Detalle de las herramientas, aplicaciones y programas digitales utilizados para el teletrabajo, por ejemplo: Aplicaciones VPN (Windscribe, TunnelBear, ProtonVPN, Hotspot Shield) – Google Workspace – Microsoft Teams – Google Drive – Google Meet – Zoom – Whastsapp – Telegram – MessageBird – Slack – Trello.
  • Entidad sindical en que está encuadrado el personal que teletrabaja.
  • CUIT.
  • Correo electrónico y teléfono de contacto de la empresa.

2. Esta información será cargada por personal del Ministerio en el sistema de Gestión Documental Electrónica (DGE), generando un número de expediente.

3. Se te confirmará la recepción de la nota enviada y el número expediente asignado por email mediante cedula enviada al CUIT registrado para TAD.

4. El número de expediente asignado te sirve para cualquier consulta o presentación posterior relacionada al trámite de registro de teletrabajo.