A partir del día de la fecha (01/08/2022) entra en vigencia la Res. Gral 5243/2022 extiende al 30 de Septiembre el plan de pagos que da la posibilidad a los contribuyentes que puedan cancelar sus obligaciones anuales de Ganancias y Bienes personales hasta en 3 (tres) cuotas con un pago a cuenta que corresponde al 25% del impuesto a cancelar y a la tasa de financiación prevista en esta última norma, sin considerar la categoría del “Sistema de Perfil de Riesgo (SIPER)” en la que dichos sujetos se encuentren incluidos, siempre que se trate de las categorías A, B, C o D.
