Resolución 47/2022, del 1ro de noviembre 2022
MINISTERIO DE ECONOMÍA SECRETARÍA DE INDUSTRIA Y DESARROLLO PRODUCTIVO.
Para lo cual dispone la inscripción al Registro de Empresas MiPyME, LA SUBSECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA a través de la Dirección Nacional de Fortalecimiento de la Competitividad Pyme generará el Legajo Único Financiero y Económico de la MiPyME, creado por la Resolución N° 92 de fecha 29 de marzo de 2021 del ex MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO, que contendrá la información económica, contable y financiera de la MiPyME detallada en el Artículo 1° de la mencionada resolución y los indicadores económicos, financieros y patrimoniales generados en base a la información suministrada que, en definitiva, permitirá conocer la situación de la MiPyME.
Dicha información se mantendrá actualizada en base a lo presentado ante la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS y los restantes organismos con los cuales se firme Convenio para recibir información, mientras la MiPyME mantenga vigente su inscripción en el “Registro de Empresas MiPyMES”.
La MiPyME podrá acceder a su información, generada y contenida en el LEGAJO ÚNICO FINANCIERO Y ECONÓMICO, pudiendo compartirla con terceros mediante la plataforma web creada a tal efecto, la cual se pondrá a disposición de forma gradual a medida que la Dirección disponga de la información correspondiente.
Se considerará que el uso de la plataforma mencionada indica el conocimiento y adhesión de los Términos y Condiciones de Uso que, como Anexo VII (IF-2022-109119815-APN-DNFCP#MDP) forma parte integrante de la presente medida.
Está disponible un Anexo de términos y condiciones de uso.