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Identificación del consumidor final

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Como lo establece el Anexo II RG 1415/03 AFIP publicó en su web los nuevos importes a partir de los cuales deben consignarse los datos de los consumidores finales en las operaciones de venta.

            Cuando el importe de la operación sea igual o superior a $35.590 o a $15.795 cuando el pago no se efectúe por algún medio electrónico autorizado (tarjetas de crédito, transferencias de pago instrumentadas mediante tarjetas de débito, tarjetas prepagas no bancarias u otros medios de pago equivalentes conforme normativa del Banco Central de la República Argentina), se deberán consignar los siguientes datos:

– Apellido y nombres

– Domicilio

– CUIT, CUIL, CDI o, en su caso, número de documento de identidad (LE, LC, DNI o, en el supuesto de extranjeros, Pasaporte o CI)

            Los mencionados importes por operaciones con consumidores finales, se actualizarán por semestre calendario (enero y julio de cada año) tomando el IPC conforme a los valores publicados por el INDEC.

En caso de desarrollar la actividad de comercio mayorista / industria manufacturera, deberá identificar a los consumidores finales de operaciones mayores a $ 15.795 aun en casos de pagos realizados a través de medios electrónicos autorizados.

            Podrán omitirse, en todos los casos de operaciones con consumidores finales, los datos de apellido, nombre y domicilio del comprador, locatario o prestatario y en caso que el sistema de facturación o controlador fiscal lo requiera, podrá completarse con las letras “NR” de “No Requerido” y/o con ceros.