Se oficializaron los cambios en el piso a partir de cual los empleados en relación de dependencia estarán obligados a pagara Impuesto a las Ganancias, con el Decreto 714/2022.
Este valor será de $ 330.000 brutos con lo cual quien gane por debajo de este importe en Noviembre no sufrirá retención alguna; en lo que hace a la segunda cuota del Sueldo Anual Complementario de 2022 deberá considerarse el importe establecido en el promedio del segundo semestre calendario de la remuneración y/o haber bruto de ser menor a el nuevo valor queda eximido del pago del impuesto.
AFIP deberá establecer los importes correspondientes a los distintos tramos de la deducción especial incrementada que resultará aplicable sobre las remuneraciones y/o haberes brutos mayores a $ 330.000 y hasta $ 431.988 a fin de evitar saltos de escala y mantener la progresividad del impuesto.
Cabe aclarar que en aquellos cuyos sueldos brutos superen estos valores no hay cambios.