En la Resolución General 5232/2022 publicada el día 14 de Julio se realizó el cambio en el Régimen de percepción aplicable para Impuesto a las Ganancias y Bienes personales.
Esta resolución mantiene el 35% para las operaciones de compra de moneda extranjera para ahorro (lo cual tiene acceso para muy pocas personas en la actualidad, ya que en su mayoría están excluidos) y establece en 45% la alícuota a aplicar para las operaciones referidas a extracciones de efectivo desde el exterior, compras online y servicios prestados por sujetos no residentes en el país que se cancelen con tarjeta; así como servicios relacionados a viajes y turismo de servicios en el exterior adquiridos a través de agencias del país.
Estos cambios son de aplicación a partir de la fecha de publicación de la norma.
En el caso que un contribuyente sobrepase las percepciones del monto a ingresar por los impuestos a las Ganancias y sobre los Bienes Personales, el excedente será reintegrado por la AFIP, sin sufrir cambios a los vigentes a la fecha.