En la Ley 6655 se modifican algunas alícuotas de la Ley Tarifaria 2023 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Las nuevas alícuotas serán:
• 0,00% (antes 0,75%) para las actividades de Producción Primaria y Minería – agricultura, ganadería, caza, silvicultura y explotación de minas y canteras;
• 1% (antes 1,50%) para las actividades de Producción y elaboración de bienes;
• 2% (antes 2,50%) para el sector de la Construcción y sus servicios;
• 2% (antes 3%) para actividad de Fabricación de papel.
Vigencia: para los hechos imposibles que se materialicen a partir del 01/07/2023.