Se anunció que la primera cuota del sueldo anual complementario, los salarios brutos hasta $ 880.000 mil quedarán exentos del impuesto a las Ganancias.
Al respecto, se trata de un Proyecto de Decreto que aumenta la exención del inciso z del artículo26 de la Ley de Impuesto a las Ganancias que implica que los sueldos anuales complementarios estarán exentos del impuesto a las Ganancias si la remuneración mensual del trabajador no supera los $ 880.000 mil brutos, esto es, lo que equivale a diez veces el Salario Mínimo Vital y Móvil.
Destacamos que se trata de un beneficio extraordinario por única vez para los trabajadores que pagan el impuesto, la medida busca una recomposición del poder adquisitivo para incentivar un mayor consumo y actividad económica.