En este momento estás viendo Régimen de percepción de ganancias

Régimen de percepción de ganancias

  • Autor de la entrada:
  • Categoría de la entrada:Sin categoría

Se amplía el alcance de las exclusiones

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), mediante la publicación de la Resolución General 5322/2023, reglamentó el nuevo alcance que tendrán tanto el certificado de no percepción del impuesto a las ganancias como la autorización de eximición de ingreso.

Los sujetos que cuenten con alguno de los beneficios establecidos en la R.G. 830/2000, no quedarán alcanzados por las percepciones que corresponderían realizar por las operaciones de importación definitiva de mercaderías, excepto cuando las facturas de exportación se emitan a nombre de sujetos domiciliados, constituidos o ubicados en  jurisdicciones no cooperantes.

A modo de ejemplo mencionamos alguna de ellas:

  • Estado de la Ciudad del Vaticano
  • Estado de Libia
  • Estado Independiente de Papúa Nueva Guinea
  • Estado Plurinacional de Bolivia
  • Reino de Camboya
  • República de Angola
  • República de Costa de Marfil
  • República de Cuba
  • República de Filipinas
  • República de Fiyi
  • República de Haití
  • República de Honduras
  • República de Irak
  • República de Nicaragua