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Plazo especial de vencimientos del Impuesto a las Ganancias, Bienes personales y Cedular

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La Resolución General 5229/2022 que será publicada el día de mañana en el boletín oficial comunica el plazo excepcional de vencimiento que alcanza a los contribuyente o responsables amparados por la medida cautelar dispuesta por la justicia federal

La presentación de la declaración jurada y el pago por el periodo 2021 será:

  • CUIT terminados en 0, 1, 2, 3 y 4: 13 de julio
  • CUIT terminados en 5, 6, 7, 8 y 9: 14 de julio

La fecha de pago será al día hábil siguiente del vencimiento de la declaración jurada.