La Administración Federal de Ingresos Públicos, mediante la Resolución General Nº 5334/2023, implemento modificaciones a la recientemente publicada Resolución General N° 5329/2023.
Estos cambios consisten en el cambio del monto desde el cual debe realizarse la percepción, cuando supere los $ 3.000, límite que operará en relación a cada una de las transacciones alcanzadas por el presente régimen.
Por otra parte reemplaza el articulo 8 por “Serán pasibles de este régimen de percepción los responsables inscriptos en el impuesto al valor agregado que adquieran y comercialicen -sin transformación alguna- los productos detallados en el artículo 6°”
El régimen de percepción resultará aplicable para los hechos imponibles que se perfeccionen a partir del día 1 de abril de 2023, inclusive.